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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria segunda. Múltiple digital reservado al Ente Público Radiotelevisión Española.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 944 /2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre. · BOE-A-2005-13113

Atención: Real Decreto 944/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los canales digitales a los que ha accedido el Ente Público Radiotelevisión Española en virtud de lo establecido en apartado 2 de la disposición adicional primera del Real Decreto 2169/1998, de 9 de octubre, se integran dentro del múltiple digital a que se refiere el párrafo primero del apartado 2 de la disposición adicional segunda de este real decreto, sin perjuicio de las modificaciones técnicas introducidas por este.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-08-01.

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