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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria segunda. Declaración por medios telemáticos.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 754/2005, de 24 de junio, por el que se regula el régimen de la tasa láctea. · BOE-A-2005-11750

Atención: Real Decreto 754/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las declaraciones que, de conformidad con este real decreto, deban realizar por medios telemáticos los compradores transformadores e industriales cuyas compras totales en el período 2004/2005 sean inferiores a un millón de kilogramos podrán presentarse en soporte papel durante el período 2005/2006. La autoridad competente podrá establecer que dichas declaraciones continúen presentándose en soporte papel con posterioridad al período mencionado, durante los períodos que considere necesarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-09.

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