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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda. Expedición temporal por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. · BOE-A-1995-13292

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-06-03.

Texto consolidado

Los títulos a los que se refiere el presente Real Decreto, correspondientes a estudios terminados en centros situados en las Comunidades Autónomas que no se encuentran en el pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa, se expedirán por el Ministerio de Educación y Ciencia hasta que se efectúen los respectivos traspasos de funciones y servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-06-03.

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