Disposición transitoria segunda. Procedimientos en tramitación.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. · BOE-A-2010-8190
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-23.
Texto consolidado
1. Los procedimientos para la autorización de una empresa regulados por alguna de las normas reglamentarias que se modifican y que estuvieran en tramitación a la entrada en vigor de este real decreto se tramitarán y resolverán por la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud.
No obstante, el órgano competente para resolver no podrá exigir requisitos suprimidos por el presente real decreto.
2. En todo caso, el interesado podrá, con anterioridad a que se dicte resolución, desistir de su solicitud y optar por la aplicación de lo dispuesto en las modificaciones introducidas por este real decreto.
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