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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda. Períodos considerados como de cotización efectiva.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. · BOE-A-2009-4724

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-01.

Texto consolidado

A efectos del reconocimiento de las prestaciones que, en cada caso, correspondan, causadas a partir del 24 de marzo de 2007, fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se computarán como cotizados los periodos de maternidad o paternidad, a los que se refiere el artículo 124.6 de la Ley General de la Seguridad Social, iniciados a partir de la indicada fecha o disfrutados a partir de ese momento si se trata de períodos iniciados con anterioridad.

Asimismo, la ampliación del periodo que se considera cotizado, llevada a cabo por la modificación del artículo 180.1 de la Ley General de la Seguridad Social, y la consideración como cotizados al 100 por 100 de los periodos a los que se refiere el artículo 180.3 de la misma ley, se aplicarán, respectivamente, a los periodos de excedencia y reducciones de jornada que se hubieran iniciado a partir de la entrada en vigor de la mencionada Ley Orgánica o transcurridos a partir de este momento si se trata de períodos de excedencia o de reducción de jornada iniciados con anterioridad que siguieran disfrutándose en dicha fecha.

La consideración como cotizados al 100 por 100 de los períodos a que se refiere el artículo 180.4 de la Ley General de la Seguridad Social, se aplicará a los períodos de excedencia iniciados a partir de la fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, o transcurridos a partir de este momento si se trata de excedencias iniciadas con anterioridad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-01.

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