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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria segunda. Aplicación en la Ciudad de Melilla.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 260/2002, de 8 de marzo, por el que se fijan las condiciones sanitarias aplicables a la producción y comercialización de carnes de reses de lidia. · BOE-A-2002-5205

Atención: Real Decreto 260/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En la Ciudad de Melilla, los órganos correspondientes de la Administración General del Estado ejercerán las funciones previstas en el presente Real Decreto, hasta que se lleve a cabo el correspondiente traspaso de servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-03-16.

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