Disposición transitoria segunda. Adaptación a los nuevos sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil. · BOE-A-2017-656
Atención: Real Decreto 20/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los sistemas individuales e integrados de gestión, así como los acuerdos voluntarios existentes, se adaptarán a los sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor en aplicación de la disposición transitoria cuarta de la Ley 22/2011, de 28 de julio. A estos efectos, en los nueve meses siguientes a la publicación de este real decreto, los productores de vehículos presentarán a la autoridad competente la comunicación del sistema individual o la solicitud de autorización como sistema colectivo de responsabilidad ampliada, según lo previsto en este real decreto.
Los sistemas individuales e integrados de gestión así como los acuerdos voluntarios existentes a la entrada en vigor de este real decreto seguirán funcionando conforme al régimen anterior hasta que se adapten a las nuevas disposiciones según se establece en el párrafo precedente.