Disposición transitoria primera. Adaptación de las autorizaciones de las instalaciones.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil. · BOE-A-2017-656
Atención: Real Decreto 20/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las instalaciones de gestión de vehículos al final de su vida útil solicitarán, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto, una revisión de su autorización para adaptarlas, cuando proceda, a las previsiones de este real decreto. Las administraciones competentes resolverán en el plazo de diez meses desde la presentación de la solicitud.
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