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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda. Incorporación a la base de datos de población protegida del Sistema Nacional de Salud.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual. · BOE-A-2004-2591

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-13.

Texto consolidado

Se establece un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto para la constitución de la base de datos de población protegida del Sistema Nacional de Salud con la incorporación a ésta de todos los sistemas de tarjeta sanitaria de las Administraciones sanitarias y de las Administraciones públicas a las que se refiere el artículo 8.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-13.

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