Disposición transitoria primera. Sustitución de las tarjetas sanitarias actualmente existentes.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual. · BOE-A-2004-2591
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-13.
Texto consolidado
El proceso de sustitución de las tarjetas actualmente existentes por las que cumplan los requisitos establecidos en este real decreto deberá iniciarse dentro del plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor. La sustitución, una vez iniciado el proceso, se producirá a medida que las tarjetas vayan caducando, o cuando por cualquier motivo vayan a renovarse.
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