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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda. Aplicación retroactiva.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1190/2025, de 26 de diciembre, por el que se regulan los procedimientos nacionales relativos a la inscripción, modificación y anulación de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales de ámbito territorial supraautonómico en el Registro de la Unión, así como determinados aspectos relativos a las mismas de conformidad con la normativa de la Unión Europea. · BOE-A-2025-27011

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-31.

Texto consolidado

Los títulos II, III, IV, V, VI y la disposición transitoria primera serán aplicables a situaciones jurídicas iniciadas desde el día 1 de diciembre de 2025.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-12-31.

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