Disposición transitoria segunda. Adecuación de los modelos existentes.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1093/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud. · BOE-A-2010-14199
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-17.
Texto consolidado
En el plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto se habrán adecuado los modelos de los documentos clínicos que se vengan utilizando a los nuevos contenidos mínimos en él establecidos.