Disposición transitoria segunda. Comprobación de los requisitos mediante medios electrónicos.
Disposición transitoria segunda de la Orden TRM/59/2025, de 16 de enero, por la que se regula el certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte público internacional de mercancías por carretera. · BOE-A-2025-1478
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-29.
Texto consolidado
La comprobación por la Administración de los requisitos a los que se refiere el artículo 3 mediante medios electrónicos se realizará a partir del momento en que las consultas a los correspondientes registros electrónicos estén operativas. Hasta la fecha en que estén plenamente operativas las consultas a los correspondientes registros electrónicos la empresa solicitante deberá acreditar documentalmente los requisitos exigidos en el artículo 2.
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