Disposición transitoria segunda. Reubicación de los consumidores acogidos a la tarifa de último recurso.
Disposición transitoria segunda de la Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre, por la que se establecen la retribución y cánones de acceso de los almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021. · BOE-A-2020-17346
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
En el año 2021, la reubicación automática de los consumidores acogidos a la tarifa de último recurso a realizar anualmente conforme lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden ITC/2857/2008, de 10 de octubre, por la que se establece la tarifa del suministro de último recurso de gas natural, se llevará a cabo únicamente el 1 de octubre de 2021, empleándose para ello el consumo durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021. En el caso de aquellos puntos de suministro que hubieran sido dados de alta en fecha posterior al 1 de julio de 2020 se aplicarán previsiones razonables de consumo.
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