Disposición transitoria segunda. Plataforma de datos y acceso programático.
Disposición transitoria segunda de la Orden TED/1122/2026, de 23 de octubre, por la que se aprueba el plan de implantación de contadores inteligentes en la red de gas natural y se establecen las especificaciones mínimas a cumplir por estos equipos. · BOE-A-2026-22515
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-28.
Texto consolidado
La plataforma de acceso a los datos deberá estar disponible para los usuarios que dispongan de contadores inteligentes y sistemas de telelectura en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la orden, mientras que el acceso programático (API) deberá estar disponible a los dos años de la entrada en vigor.
Más artículos de Orden TED/1122/2026
- ← Disposición transitoria primera. Primeras instalaciones.
- → Disposición transitoria tercera. Contadores inteligentes instalados.
- Ver la norma completa: Orden TED/1122/2026, de 23 de octubre, por la que se aprueba el plan de implantación de contadores inteligentes en la red de gas natural y se establecen las especificaciones mínimas a cumplir por estos equipos.