Disposición transitoria segunda. Exención transitoria del requisito de publicación de información del puesto en el repertorio.
Disposición transitoria segunda de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo. · BOE-A-2024-8609
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-01.
Texto consolidado
Hasta la creación del repertorio de puestos de personal directivo profesional podrán realizarse las convocatorias sin necesidad de cumplir con la obligación establecida en el artículo 5.3 de la presente orden.
Más artículos de Orden TDF/379/2024
- ← Disposición transitoria primera. Aplicación de las reglas a los puestos directivos ocupados a la entrada en vigor de …
- → Disposición final única. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.