Disposición transitoria primera. Aplicación de las reglas a los puestos directivos ocupados a la entrada en vigor de esta orden.
Disposición transitoria primera de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo. · BOE-A-2024-8609
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-01.
Texto consolidado
A las personas que ocupen puestos considerados de personal directivo público profesional a la fecha de la entrada en vigor de esta orden no les serán de aplicación las especialidades establecidas en el capítulo II en tanto permanezcan en tales puestos.
Las especialidades procedimentales establecidas en esta orden se aplicarán a los procedimientos de provisión que se inicien con posterioridad a su entrada en vigor.
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