Disposición transitoria segunda. Validez de documentos en vigor para la inscripción como demandantes de empleo.
Disposición transitoria segunda de la Orden TAS/3698/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula la inscripción de trabajadores extranjeros no comunitarios en los Servicios Públicos de Empleo y en las Agencias de Colocación. · BOE-A-2006-21274
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-07.
Texto consolidado
Las distintas autorizaciones que habilitan para residir y trabajar en España concedidas a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta Orden Ministerial, y que tengan validez a la entrada en vigor de esta Orden, permitirán realizar la inscripción como demandantes de empleo durante el tiempo para el que hubieran sido expedidas, según lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
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