Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Orden de 21 de noviembre de 1984 por la que se aprueban las normas de calidad para las conservas vegetales. · BOE-A-1984-26465
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-20.
Texto consolidado
En cuanto a los plazos para la aplicación de la exigencia de la información obligatoria del etiquetado y la rotulación, establecida en el punto 1-6 de la norma técnica general, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 2058/1982, de 12 de agosto, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios envasados.