Disposición transitoria segunda. Vigencia del censo de operadores agroalimentarios de venta directa de Navarra, regulado por el Decreto Foral 107/2014, de 12 de noviembre.
Disposición transitoria segunda de la Ley Foral 5/2023, de 9 de marzo, de canales cortos de comercialización agroalimentaria. · BOE-A-2023-8480
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-22.
Texto consolidado
El censo de operadores agroalimentarios de venta directa de Navarra, regulado por Decreto Foral 107/2014, de 12 de noviembre, mantendrá su vigencia durante un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley foral.