Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de zonificación Sanitaria de Navarra. · BOE-A-1986-2797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-11-21.
Texto consolidado
Mientras no sean efectivas las transferencias a Navarra de los Servicios Sanitarios correspondientes a la Seguridad Social, el Gobierno podrá celebrar con el Instituto Nacional de la Salud los convenios y acuerdos necesarios para la implantación y dotación progresiva de las estructuras de atención primaria, así como para la aplicación de los dispuesto en la disposición adicional tercera.