Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio. · BOE-A-1993-2877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
Los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 6º.3 dispondrán de un plazo de dos meses a partir de 1 de enero de 2012 para designar y acreditar la persona que les ha de representar a efectos de este Impuesto ante la Hacienda Tributaria de Navarra.
Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2011, por el art. 2.16 de la Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1546
Se deroga, con efectos desde el 1 de enero de 2008, por el art. 2.2 de la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-3960
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-1546.