Disposición transitoria segunda. Adecuación de los planes de protección civil.
Disposición transitoria segunda de la Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña. · BOE-A-2007-15545
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-23.
Texto consolidado
Las administraciones públicas, entidades y organismos que tengan aprobados planes de protección civil disponen del plazo de un año para adecuarlos a las prescripciones de la presente ley, a partir de la entrada en vigor de la misma, y para comunicar la activación de dichos planes al número telefónico único 112.