Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón. · BOE-A-1989-25944
Atención: Ley 9/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Departamento de Industria, Comercio y Turismo constituirá las Comisiones Provinciales de equipamientos comerciales en el plazo de un mes a contar de la publicación de esta Ley en el «Boletín Oficial de Aragón».