Disposición transitoria segunda. Consejo de Participación para la Igualdad.
Disposición transitoria segunda de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja. · BOE-A-2023-11337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-26.
Texto consolidado
El Consejo de Participación para la Igualdad, como órgano consultivo y de participación en materia de igualdad de mujeres y hombres de La Rioja, se constituirá en el plazo de cinco meses desde la entrada en vigor de la ley. Hasta la efectiva constitución del Consejo de Participación para la Igualdad, sus funciones y competencias se asumirán por el Consejo Sectorial de Mujer.