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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. · BOE-A-2002-10231

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-09.

Texto consolidado

Hasta que el Instituto disponga de personal y locales propios suficientes para desarrollar plenamente funciones que venga desempeñando la Consejería de Agricultura y Ganadería, ésta facilitará los recursos humanos necesarios entre el personal de sus servicios centrales y periféricos.

Los funcionarios que, en tales circunstancias, pasen a prestar sus servicios en el Instituto, continuarán en la misma situación administrativa en que se encuentren en dicho momento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-09.

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