Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de Creación de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación. · BOE-A-2001-11963
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-13.
Texto consolidado
Mientras la Agencia no asuma el pleno ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, estas funciones han de seguir siendo ejercidas por los órganos y los servicios correspondientes del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información.