Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de Creación de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación. · BOE-A-2001-11963
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-13.
Texto consolidado
Los funcionarios de los Cuerpos de Administración General y de los Cuerpos Especiales de la Generalidad de Cataluña adscritos al Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información y a los organismos que dependen de éste, que cumplen funciones atribuidas a la Agencia, así como funciones de administración y de gestión y otras funciones auxiliares que le están vinculadas, pueden ser adscritos a la Agencia, mediante una resolución del Secretario o Secretaria general del Departamento, a medida que se constituya su estructura orgánica, en las mismas condiciones que les son de aplicación cuando entre en vigor la presente Ley.