Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 7/1997, de 20 de noviembre, de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico. · BOE-A-1997-28066
Atención: Ley 7/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses de la entrada en vigor de la Ley, habrá de constituirse el Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo Tecnológico.