Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 7/1997, de 20 de noviembre, de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico. · BOE-A-1997-28066
Atención: Ley 7/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo no superior a tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, habrá de constituirse la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología de las Islas Baleares.