Disposición transitoria segunda. Registro de demandantes de viviendas protegidas de la Región de Murcia.
Disposición transitoria segunda de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4747
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-01.
Texto consolidado
(Suprimida).
Se suprime por el art. 3.14 de la Ley 2/2020, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2020-9792
Esta disposición ya fue suprimido por el Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril.
Se suprime por el art. 3.14 del Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril. Ref. BORM-s-2020-90126#a3
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2020, de 27 de julio, de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de vivienda e infraestructuras..