Disposición transitoria segunda. Régimen aplicable a los Órganos.
Disposición transitoria segunda de la Ley 6/2004, de 18 de octubre, de Cajas de Ahorros de La Rioja. · BOE-A-2004-19174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-12.
Texto consolidado
Será aplicable a los nuevos Órganos constituidos conforme disponen estas Disposiciones Transitorias y a los miembros que ya los integran lo dispuesto en el Título IV de la presente Ley, sin perjuicio de las especialidades que dichas normas transitorias contienen.