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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda de la Ley 6/1995, de 28 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social de Galicia. · BOE-A-1995-19106

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-13.

Texto consolidado

Transcurrido el plazo señalado en la disposición transitoria anterior, el Presidente de la Junta de Galicia convocará para su constitución, dentro de los treinta días siguientes, el Pleno del Consejo, con fijación del lugar, día y hora en que tenga que celebrarse el acto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-07-13.

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