Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.
Texto consolidado
1. El Archivo Central de la Administración de Castilla y León, creado por Decreto 241/1986, de 23 de diciembre, pasará a denominarse Archivo Central de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y a desempeñar las funciones que la presente Ley como tal le atribuye. No obstante, mientras no se disponga de la infraestructura necesaria para poner en funcionamiento los archivos creados en los artículos 31 y 33 de esta Ley, el Archivo Central de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial funcionará como Archivo General de Castilla y León y, en la medida necesaria, como Archivo Central de las diferentes Consejerías.
2. Los cometidos del archivo de oficina dependiente de cada Consejería son asumidos por el respectivo Archivo Central.