Disposición transitoria segunda. Policías turísticos y policías auxiliares turísticos por extinguir.
Disposición transitoria segunda de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears. · BOE-A-2013-9129
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-08-19.
Texto consolidado
Los ayuntamientos que en sus plantillas tengan plazas de policías turísticos y policías auxiliares turísticos, las pueden mantener hasta el día 31 de diciembre de 2013, fecha a partir de la cual quedarán extinguidas.
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