Disposición transitoria segunda. Procedimiento sancionador.
Disposición transitoria segunda de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos. · BOE-A-2010-16136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-28.
Texto consolidado
Mientras el Gobierno no apruebe el decreto que regula el procedimiento sancionador en materia de protección de datos, continúa siendo aplicable el procedimiento establecido por el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la Generalidad.