Disposición transitoria segunda. Plazo para resolver los concursos de derechos mineros.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2018, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2019-3997
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
El plazo de seis meses para la resolución de los concursos de derechos mineros previsto en la nueva redacción dada por la presente ley al número 4 del artículo 36 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, será de aplicación a los concursos que se encuentren en tramitación en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, siempre que su plazo de resolución no haya concluido ya de acuerdo con la normativa que les era de aplicación.
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