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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Derechos consolidados conforme a la legislación de vías pecuarias anterior a la Ley 3/1995, de 23 de marzo.

Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2014-8279

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-18.

Texto consolidado

En los actos de clasificación y deslinde de las vías pecuarias se tendrán en cuenta los derechos que hubieran podido consolidar los particulares en virtud de lo establecido en la legislación de vías pecuarias vigente con anterioridad a la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-18.

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