Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears. · BOE-A-2006-8353
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-06.
Texto consolidado
En el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley el Gobierno de las Illes Balears aprobará un texto refundido de la normativa autonómica en materia de emergencias.