Disposición transitoria segunda. Subrogación de la entidad en los contratos de la Diputación General de Aragón.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2005, de 12 de mayo, de creación de la entidad pública aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos. · BOE-A-2005-9403
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-07.
Texto consolidado
La entidad pública aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos se subroga, en la posición jurídica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos, en los contratos, así como en los derechos y obligaciones, que deriven de los contratos vigentes o de cualquier otro acuerdo, convenio o contrato suscrito por aquéllos en relación con los servicios y sistemas citados.