Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/1993, de 16 de julio, del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia. · BOE-A-1993-29257
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-08-11.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno procederá, en el plazo de tres meses desde la constitución del Consejo, a extinguir los órganos colegiados consultivos de ámbito regional cuyas funciones coincidan o estén incluidas en las establecidas para éste.