Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 3/1993, de 16 de julio, del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia. · BOE-A-1993-29257
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-08-11.
Texto consolidado
Por el Consejo de Gobierno se procederá, en el plazo máximo de tres meses, a la entrada en vigor de la presente Ley, a la consulta y posterior nombramiento de los miembros del Consejo Económico y Social, que se constituirá a continuación.