Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/1991, de 25 de abril, de creación del Consejo Económico y Social de Extremadura. · BOE-A-1991-20458
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-05-10.
Texto consolidado
Una vez realizado el nombramiento de los miembros del Pleno por el Consejo de Gobierno, éste procederá, en un plazo no superior a treinta días, a convocar la reunión constitutiva del mismo.