Disposición transitoria segunda. Consejos de veguería.
Disposición transitoria segunda de la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña. · BOE-A-2010-13843
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-26.
Texto consolidado
Las funciones que la presente ley atribuye a los consejos de veguería corresponden a las diputaciones provinciales, mientras aquellos no se constituyan.