Disposición transitoria segunda. Instrumentos de planeamiento en curso de aprobación.
Disposición transitoria segunda de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo. · BOE-A-2014-6438
Atención: Ley 2/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los procedimientos relativos a los planes y demás instrumentos de ordenación urbanística que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de esta ley:
a) Adaptarán sus determinaciones a lo previsto en esta ley, excepto cuando ya hayan superado el trámite de la aprobación inicial.
b) Se tramitarán de acuerdo con la ordenación de los procedimientos y de las competencias administrativas contenidas en esta ley, excepto cuando ya hayan superado el trámite de la aprobación provisional.