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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Competencia en procedimientos sancionadores relativos a la Ley 11/2014.

Disposición transitoria segunda de la Ley 19/2020, de 30 de diciembre, de igualdad de trato y no discriminación. · BOE-A-2021-1663

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-31.

Texto consolidado

Mientras no se constituya el Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación, la competencia para incoar los expedientes administrativos tramitados en virtud del régimen sancionador de la Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia, y para imponer las subsiguientes sanciones, corresponde a la persona titular de la secretaría general del departamento competente en materia de no discriminación de las personas LGBTI.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-31.

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