Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-1998-9648
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-07.
Texto consolidado
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por lo dispuesto en la normativa anterior sin que les sea de aplicación la presente Ley.