Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de Protección contra la Contaminación Acústica. · BOE-A-2002-14987
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-11.
Texto consolidado
Los municipios que, antes de la promulgación de la presente Ley, han aprobado ordenanzas o reglamentos de regulación del ruido y las vibraciones deben adaptarlas a su contenido antes de dos años, si bien pueden mantener las medidas preventivas y correctoras que otorguen un mayor grado de protección ambiental en lo que concierne a actividades y comportamientos ciudadanos.