Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales. · BOE-A-1991-20343
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
1. La falta de las titulaciones exigidas en el artículo 24.3 no supondrá ninguna variación para los Policías locales nombrados antes de la entrada en vigor de la presente Ley, que pueden participar en un plazo de diez años desde la citada entrada en vigor en los concursos-oposición de promoción interna con dispensa de un grado del requisito de titulación, siempre que hayan superado o superen los cursos que a tal efecto imparta la Escuela de Policía de Cataluña.
2. (Derogado).
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-953.