Disposición transitoria segunda. Adaptación de los instrumentos de planeamiento y de las disposiciones reglamentarias.
Disposición transitoria segunda de la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad. · BOE-A-2014-11992
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-05.
Texto consolidado
Los planes, programas y otros instrumentos de planeamiento y las normas, ordenanzas y otras disposiciones de las administraciones públicas de Cataluña que sean objeto de revisión antes de la entrada en vigor de la normativa de desarrollo de la presente ley, deben adaptarse igualmente a las exigencias impuestas por esta ley.